Basta de impunidad adolescente: el Gobierno de Kast por fin mueve ficha frente al terror de las encerronas

«Basta de impunidad adolescente: así es el plan para que menores sean juzgados como adultos»

Ocho días después de que Alejandro Águila, un niño de 12 años, muriera baleado durante una encerrona en San Bernardo, el Gobierno confirmó que menores juzgados como adultos dejarán de ser una excepción teórica: el proyecto que pondrá con discusión inmediata permitirá que adolescentes de 16 y 17 años enfrenten el sistema penal ordinario en 17 delitos de extrema gravedad. Llega tarde, pero al fin llega.

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Chile lleva años discutiendo, con una liviandad casi ofensiva, si los adolescentes que secuestran, violan, incendian o matan deben o no enfrentar las mismas consecuencias que un adulto. Mientras el país «debatía», los delincuentes adolescentes —muchos de ellos ya reincidentes, muchos ya instrumentalizados por el crimen organizado— entendieron perfectamente las reglas del juego: la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (Ley 20.084) ofrece rebajas de pena, beneficios y una arquitectura de «reinserción» que en la práctica ha operado como un salvoconducto para la violencia armada juvenil.

El crimen de Alejandro Águila no fue un hecho aislado. Fue la confirmación, en carne de un niño de 12 años, de una tesis que el sector de la seguridad viene sosteniendo hace tiempo: la ley penal adolescente, tal como está diseñada, ya no protege a nadie. Por ese asesinato hay seis personas detenidas, dos de ellas adolescentes de 17 años que hoy enfrentan un sistema pensado para el «adolescente ocasional» de los años 2000, no para el sicario juvenil que el narco recluta precisamente porque sabe que la ley lo trata distinto.

🕐 Cronología del «tour delictual» que mató a Alejandro Águila

Madrugada del martes 23 de junio, San Bernardo:

  • 00:14 h — Cinco sujetos abordan el servicentro Shell de calle Eyzaguirre y roban a mano armada un vehículo Mitsubishi blanco, amenazando con armas blancas al conductor y a un trabajador.
  • ~00:50 h — La misma banda asalta a un carabinero franco en la vía pública, dejándolo con una clavícula fracturada.
  • 01:14 h — En avenida Presidente Jorge Alessandri, cerca de El Barrancón (sector Catemito), los delincuentes realizan una encerrona contra el vehículo en que viajan Alejandro Águila (12), su padre —de nacionalidad argentina— y su tía, que volvían de Mendoza tras celebrar el Día del Padre. Golpean a los adultos para reducir su resistencia; Alejandro, atrapado por el cinturón de seguridad, es arrastrado cerca de tres kilómetros y muere.
  • 24 de junio — Cuatro imputados formalizados: dos adultos (18 y 21 años) quedan en prisión preventiva; dos adolescentes de 17 años, en internación provisoria.
  • 25 de junio — Cae un quinto sospechoso (23 años), oculto en una vivienda de Puente Alto; el Juzgado de Garantía decreta prisión preventiva para los nuevos detenidos.
  • 25-26 de junio — Un sexto imputado (18 años) se entrega voluntariamente en la 62ª Comisaría de San Bernardo. La Fiscalía da por desarticulada la banda: seis personas identificadas, todas formalizadas por robo con homicidio, robo con violencia y robo con intimidación.
  • 29-30 de junio — El presidente Kast respalda públicamente la «Ley Alejandro» y anuncia reuniones con familias de otras víctimas de delincuencia juvenil. El ministro Arrau confirma que el Gobierno pondrá discusión inmediata al proyecto.

De los seis imputados, dos son adolescentes de 17 años — es decir, exactamente el tramo etario que hoy queda fuera del alcance real de una pena efectiva y que el proyecto busca corregir.

🌎 Contraste regional: Argentina también endurece, pero desde una base más baja

Mientras Chile discute a menores juzgados como adultos y si extender el juicio a los 16-17 años dentro de un catálogo acotado de delitos gravísimos, Argentina avanzó en paralelo en su propia Reforma Penal Juvenil: la Cámara de Diputados le dio media sanción en febrero de 2026 a un proyecto que fija la responsabilidad penal juvenil desde los 14 años —bajando el piso de punibilidad, hoy en 16— derogando el antiguo decreto-ley 22.278. El propio Alejandro Águila era, de hecho, hijo de un mendocino: la tragedia conecta a ambos países en un mismo debate. La diferencia de enfoque es reveladora: Argentina discute desde qué edad un adolescente puede ser responsabilizado penalmente; Chile, que ya tiene la imputabilidad en 14 años, discute bajo qué reglas se juzga a los mayores de esa edad cuando cometen los crímenes más graves. Son caminos distintos hacia el mismo diagnóstico: el garantismo blando dejó de ser sostenible frente al uso de menores por parte del crimen organizado.

Qué cambia realmente el proyecto

El ministro de Seguridad, Martín Arrau, confirmó este miércoles que el Ejecutivo pondrá discusión inmediata a la iniciativa, tomando como base el proyecto que el hoy senador Andrés Longton (RN) presentó cuando era diputado, y que ya estaba listo para ser votado en general en el Senado. El trabajo, cabe decirlo, venía desarrollándose desde antes del crimen de San Bernardo entre los ministerios de Seguridad y Justicia; lo que hizo la muerte de Alejandro fue obligar a acelerar lo que la clase política llevaba meses postergando.

Las modificaciones centrales son cuatro:

  1. Menores juzgados como adultos en 17 delitos. Cuando el Ministerio Público lo solicite y un juez lo autorice, adolescentes de 16 y 17 años podrán ser transferidos excepcionalmente a la jurisdicción penal ordinaria —es decir, juzgados con las reglas de determinación de pena de los adultos— si están imputados por alguno de los 17 delitos del catálogo.
  2. Fin de la irreprochable conducta anterior como atenuante retroactivo. Quienes de adultos arrastran una condena adolescente por estos delitos ya no podrán invocar ese beneficio para rebajar futuras penas.
  3. Penas de hasta 10 años para menores de 16. Se eleva el techo máximo de sanción para los tramos etarios que quedan fuera del nuevo régimen de transferencia.
  4. Traslado obligatorio a cárcel de adultos al cumplir 18. Si el Servicio Nacional de Reinserción lo recomienda, el tribunal deberá ordenar el traslado a un recinto de Gendarmería, terminando con la práctica de «adultos» de 19 y 20 años purgando penas por homicidio en centros pensados para menores.

El catálogo de los 17 delitos: no es ambigüedad, es gravedad extrema

Es importante decirlo con todas sus letras porque el relato garantista intentará instalar la idea de que esto «criminaliza la infancia»: estamos hablando de secuestro, secuestro de menores, violación, abuso sexual calificado, parricidio, homicidio simple y calificado, robo con violencia o intimidación, incendio con resultado de muerte, tenencia de explosivos, y homicidio o lesiones contra Carabineros, PDI o Gendarmería, entre otros. No hay ni un solo delito de «connotación social menor» en la lista. No se trata de encarcelar como adulto a un adolescente que roba una bicicleta; se trata de que quien secuestra, viola o mata a los 16 o 17 años deje de operar bajo la lógica de que «no pasa nada porque es menor de edad».

Esa distinción es la que la izquierda sistemáticamente evita mencionar cuando sale a criticar este tipo de reformas.

Menores juzgados como adultos: Un debate que la clase política evitó durante años

Lo que hace más indignante este episodio es que la discusión no es nueva. El propio proyecto de Longton lleva más de un año esperando ser votado en el Senado. Mientras tanto, organismos de derechos humanos y sectores del oficialismo anterior insistían en que Chile debía moverse en la dirección contraria: hacia la Convención de Derechos del Niño, hacia el «interés superior del menor», hacia menos punibilidad, no más. El resultado de esa complacencia ideológica está a la vista: adolescentes reclutados por el crimen organizado precisamente porque las bandas saben que la ley los protege más a ellos que a sus víctimas.

Es sintomático que, en paralelo, en el Senado se esté tramitando también un proyecto transversal para sancionar a quienes reclutan menores para el crimen organizado. Ambas iniciativas reconocen, cada una desde su ángulo, lo mismo: el sistema actual convirtió a los adolescentes en el eslabón perfecto de la cadena delictual, precisamente por su blindaje penal.

Lo que viene: la resistencia previsible

Nadie debería sorprenderse si en las próximas semanas aparecen las objeciones de siempre: que la medida es «regresiva», que vulnera estándares internacionales, que «no soluciona el problema de fondo». Son los mismos argumentos que se usaron para frenar durante años cualquier endurecimiento real de la ley adolescente, mientras la violencia armada juvenil crecía sin freno. La pregunta que esos sectores nunca responden es simple: ¿cuántos Alejandros más hacen falta para que el garantismo ceda ante la evidencia?

El proyecto, además, es cauto en su diseño: no baja la edad de imputabilidad de forma generalizada —como sí proponen otras mociones en danza— sino que habilita un mecanismo excepcional, solicitado por la Fiscalía y resuelto por un juez, acotado a un catálogo de crímenes de máxima gravedad. Es, en el fondo, una reforma moderada frente a la magnitud del problema. El verdadero debate pendiente, y que el Gobierno ya empezó a deslizar, es si Chile finalmente se anima a discutir en serio la baja de la edad de responsabilidad penal, hoy fijada en 14 años, ante la evidencia de que el crimen organizado recluta cada vez a niños más pequeños sabiendo que son penalmente invisibles.

Alejandro Águila tenía 12 años y no llegó a cumplir 13. El mínimo que le debemos, como país, es que su muerte no quede en otro punto de prensa más.


Fuentes:

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