Reforma constitucional limita servicios públicos a condenados por terrorismo

Presidente José Antonio Kast presenta reforma que limita la salud a condenados por terrorismo
Presidente José Antonio Kast presenta reforma que limita la salud a condenados por terrorismo

El presidente José Antonio Kast ingresó este lunes al Senado una reforma constitucional de seguridad que endurece las consecuencias para quienes sean condenados por crimen organizado, narcotráfico o terrorismo. La iniciativa, tramitada con suma urgencia dentro de la Agenda Contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT), plantea ocho modificaciones a la Carta Fundamental y deberá discutirse en el Congreso en un plazo de 15 días.

Uno de los puntos que más ruido generó, incluso dentro del oficialismo, es la restricción a la salud a condenados por terrorismo, crimen organizado y narcotráfico. El texto establece que estas personas quedarán inhabilitadas, durante el cumplimiento de su condena y por 15 años después de finalizada, para acceder a prestaciones financiadas con recursos públicos vinculadas a la salud, la educación, el trabajo y la seguridad social.

Qué establece la reforma sobre la salud a condenados por terrorismo

El nuevo artículo 9° bis de la propuesta se remite a los numerales 9°, 10°, 16° y 18° del artículo 19 de la Constitución, que consagran los derechos a la protección de la salud, la educación, la libertad de trabajo y la seguridad social. Según el ministro secretario general de la Presidencia, José García Ruminot, los criterios específicos de esta inhabilitación quedarán entregados a una futura ley de quórum calificado, y no operarán de forma automática con la sola aprobación de la reforma constitucional.

La versión que llegó al Senado moderó parte del contenido del borrador original, luego de que la ministra de Salud, May Chomali, advirtiera públicas diferencias sobre una eventual incompatibilidad con la Ley de Urgencia. El propio Kast salió a matizar los alcances de la medida, asegurando que a nadie le faltará la atención médica de urgencia y que un condenado con una enfermedad como el cáncer continuará recibiendo su tratamiento, aunque dentro del régimen de aislamiento que le corresponda.

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Un nuevo estado de excepción constitucional de seguridad pública

Además de las restricciones a las prestaciones estatales, la reforma crea una nueva figura constitucional: el estado de excepción de seguridad pública. El Presidente de la República podrá decretarlo ante una amenaza grave e inminente o cuando la seguridad pública haya sido gravemente afectada, con una duración inicial de hasta 120 días y la posibilidad de prorrogarlo una vez por igual período sin necesidad de acuerdo del Congreso. Las prórrogas posteriores sí requerirán aprobación parlamentaria.

Durante su vigencia, la zona declarada quedará bajo la dependencia de un Oficial General designado por el Ejecutivo, y el Presidente podrá suspender o restringir la libertad personal y de locomoción, el derecho de reunión y de asociación, además de interceptar comunicaciones y disponer requisiciones de bienes. Una ley orgánica constitucional deberá regular las atribuciones específicas de este nuevo estado de excepción.

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Inhabilitación perpetua y registro de organizaciones criminales

La reforma también establece que quienes sean condenados específicamente por delitos de crimen organizado quedarán inhabilitados de por vida para ejercer cargos públicos, sean o no de elección popular. A esto se suma la imposibilidad de acceder, durante 15 años tras cumplir la pena, a penas sustitutivas de privación de libertad o a beneficios penitenciarios.

El proyecto entrega además rango constitucional a la creación de registros de organizaciones criminales y terroristas. El Presidente quedará facultado para declarar que una agrupación tiene ese carácter, pero deberá contar previamente con un informe del Ministerio Público o del Consejo de Seguridad Nacional, y esa declaración será sometida a votación en el Senado. La incorporación de una organización al registro no implica, por sí sola, que todos sus integrantes sean responsables penalmente: el Ministerio Público deberá acreditar la participación de cada imputado según las reglas generales del proceso penal.

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El texto ingresado también reduce de once a ocho el número de modificaciones constitucionales respecto de los borradores conocidos semanas atrás, luego de que el comité político ampliado del oficialismo pidiera acotar el alcance de la iniciativa. Varias de las disposiciones quedaron redactadas de forma que su desarrollo operativo se remita a leyes posteriores, en lugar de fijar el detalle directamente en la Constitución.

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Reacciones en el Congreso y próximos pasos

Pese a los ajustes, la reforma ya enfrenta resistencia en el Senado. El senador Matías Walker adelantó públicamente que no respaldará la iniciativa en su forma actual, mientras otros parlamentarios de oposición cuestionan que materias propias de una ley se incorporen directamente al texto constitucional. Desde el oficialismo, en tanto, defendieron el proyecto y llamaron a que su contenido específico se discuta durante la tramitación legislativa de los próximos 15 días.

La discusión se da en un contexto de alto respaldo ciudadano a la agenda de seguridad del Gobierno, según ha mostrado la última encuesta Cadem sobre medidas como el Plan Cancerbero. El resultado final de la tramitación definirá si la restricción a la salud a condenados por terrorismo y otros beneficios estatales se mantiene tal como fue presentada o sufre nuevos cambios antes de llegar a votación en el Congreso Nacional.

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Fuentes: La Tercera, T13, El Mostrador y CNN Chile.

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