
Testigos falsos 18-O para ganar demandas contra el fisco: La décimo tercera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó este jueves un fallo de primera instancia que en 2025 había condenado al fisco a pagar una indemnización —pendiente de fijar— al actor Alejandro Fernández Lincopán, por el daño moral derivado del trauma ocular que sufrió el 21 de octubre de 2019, durante una protesta en las cercanías de Plaza Baquedano. La decisión judicial se sustenta en la declaración del bombero y transportista Humberto Rojas Sánchez, cuyo testimonio fue utilizado por el Décimo Sexto Juzgado Civil de Santiago como base para condenar al Estado.
Según el fallo apelado, Rojas Sánchez declaró haber presenciado “fuerza excesiva de parte de Carabineros, golpes con culatas de escopetas y disparos sin saber quién asistía a las manifestaciones”, afirmando que su conocimiento se debía a haber socorrido al actor en el lugar donde recibió el impacto del perdigón. Sin embargo, la Corte consideró que no estaba suficientemente acreditada una “falta de servicio” por parte de Carabineros y destacó un antecedente crítico: existía una querella del Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra Rojas Sánchez por presunto falso testimonio.
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La querella, presentada el 23 de enero de 2026 ante el Juzgado de Garantía de Concepción y ampliada el 2 de junio del mismo año, señala al estudio jurídico de Francisco Amigo Cartagena como responsable del presunto uso reiterado de testigos falsos 18-O en causas vinculadas tanto al estallido social de 2019 como a episodios de la dictadura. Según la ampliación de querella, Humberto Neftalí Rojas Sánchez compareció como testigo en al menos 45 causas civiles seguidas contra el Fisco de Chile, todas patrocinadas por Amigo Cartagena o por profesionales de su estudio.
Dentro de ese conjunto, se identificaron al menos onze casos con antecedentes de relevancia jurídico-penal: tres relacionados con el 18-O y ocho con la dictadura. En los tres casos del estallido social —Fernández Lincopán, Francisco Palomino Miranda y Álvaro Cabrales Herrera—, Rojas declaró haber estado en Santiago en distintas fechas de 2019 y haber prestado primeros auxilios como bombero. Las tres demandas fueron falladas en primera instancia a favor de los demandantes: se ordenó al fisco pagar $10 millones a Palomino Miranda y $3 millones a Cabrales Herrera, mientras que la indemnización para Fernández Lincopán quedó pendiente de fijación.
El CDE cuestionó la lógica de que un mismo testigo pudiera tener conocimiento casual de los hechos en 45 juicios distintos, especialmente considerando las inconsistencias geográficas en sus declaraciones. Rojas afirmó haber conocido a demandantes en servicentros de Lautaro, Temuco, Freire, Cañete, Los Ángeles, Talcahuano y San Miguel —ciudades vinculadas a rutas habituales de transporte de combustible desde el Biobío—, pero también declaró haberlos visto en Osorno (a más de 300 km al sur de Concepción) y en Arica (a más de 2.000 km al norte), lo que, según el ente estatal, revela un patrón de falsedad.
La presidenta del CDE, Ana María Hübner, defendió la acción judicial afirmando que su objetivo es “resguardar una litigación de buena fe” y contribuir a “erradicar malas prácticas que de asentarse afectarían gravemente la confianza pública en el sistema judicial”. El estudio de Amigo Cartagena no respondió a las consultas realizadas por este medio al cierre de la publicación.
La causa penal sigue abierta, pero sin formalizados, lo que impide determinar hasta el momento si se utilizó efectivamente testimonio falso en un caso real o si las demandas carecían de méritos desde su origen. Mientras tanto, la revocación del fallo por parte de la Corte de Apelaciones de Santiago representa un revés significativo para los demandantes y un respaldo a las alertas del CDE sobre posibles manipulaciones procesales en litigios vinculados al estallido social.
Impacto del caso de testigos falsos 18-O en la credibilidad judicial
Este episodio no solo afecta a las partes involucradas, sino que plantea interrogantes más amplios sobre la integridad de los procesos judiciales en Chile. Organizaciones de derechos humanos han señalado que casos como este podrían minar la legitimidad de las indemnizaciones por violaciones a los derechos humanos, un tema sensible tras el estallido social. La investigación en curso por parte de la fiscalía de Concepción busca esclarecer si hubo una red estructurada de presentación de prueba falsa, lo que podría tener repercusiones penales para los involucrados.
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En paralelo, el debate sobre la reforma al sistema de justicia gana fuerza, con propuestas que incluyen mayor control pericial y filtros iniciales en la admisión de testimonios. Expertos consultados por este medio coinciden en que, de confirmarse las acusaciones, sería necesario revisar los protocolos de valoración de prueba en juicios civiles vinculados a eventos de masas, donde la vulnerabilidad de las víctimas puede ser explotada.
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Por su parte, el CDE insiste en que su accionar no busca negar la validez de todas las demandas por el 18-O, sino garantizar que aquellas que prosperen lo hagan sobre bases sólidas y verificables. La institución sostiene que permitir el uso de testigos falsos 18-O, incluso en casos aislados, daña la percepción de imparcialidad del Estado frente a sus obligaciones reparadoras.
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Tribunales de primera instancia ordenaron pagar $10 millones en un caso y $3 millones en otro, en causas donde declaró un bombero que ha testificado en al menos 45 procesos. La Corte revocó una tercera sentencia.
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